Derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades están presentes en la Constitución
Published On: 26 de September de 2017 :: 5:15 pm

Derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades están presentes en la Constitución

Derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades están presentes en la Constitución
En el capítulo cuarto, relativo a los Derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades, el Artículo 56 establece que las comunidades, pueblos, y nacionalidades indígenas, el pueblo afroecuatoriano, el pueblo montubio y las comunas forman parte del Estado ecuatoriano, único e indivisible.

Así, en el artículo siguiente (57) se reconoce y garantiza a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, de conformidad con la Constitución y con los pactos, convenios, declaraciones y demás instrumentos internacionales de derechos humanos, varios derechos colectivos inclusivos y de absoluto respeto a la diversidad y a las libertades.

De esta forma, mantener, desarrollar y fortalecer libremente la identidad, el sentido de pertenencia, las tradiciones ancestrales y formas de organización social en los pueblos, nacionalidades y comunidades. Además prohíbe el racismo y la discriminación fundada en la identidad étnica o cultural. Y paralelo a esto, establece el reconocimiento, la reparación y resarcimiento a las colectividades afectadas precisamente por racismo, xenofobia y otras formas de intolerancia y discriminación.

Del mismo modo, establece la garantía para crear, desarrollar, aplicar y practicar el derecho propio o consuetudinario. También determina la consulta previa sobre planes y programas de prospección, explotación y comercialización de recursos no renovables que se encuentren en sus tierras y que puedan afectarles ambiental o culturalmente. Obliga a proteger y desarrollar los conocimientos colectivos; sus ciencias, tecnologías y saberes ancestrales; los recursos genéticos que contienen la diversidad biológica y la agrobiodiversidad; sus medicinas y prácticas de medicina tradicional, y prohíbe toda forma de apropiación sobre sus conocimientos, innovaciones y prácticas.

La Carta Magna establece preservar el patrimonio cultural e histórico como parte indivisible del patrimonio del Ecuador, y potenciar el sistema de educación intercultural bilingüe, conforme a la diversidad cultural, para el cuidado y preservación de las identidades en consonancia con sus metodologías de enseñanza y aprendizaje. SD /El Ciudadano

Compartir:



About the Author

Sigue @MUNDOVISION