EL SALVADOR: A revisión propuesta para que salvadoreños en el exterior electos en cargos públicos ejerzan de manera presencial
Para el ejercicio del sufragio pasivo por parte de salvadoreños domiciliados en el exterior, se hace necesario realizar las enmiendas en las normativas pertinentes. En ese sentido, la diputada Anabel Belloso (FMLN) anunció la presentación de una propuesta de reforma que consiste en incorporar un inciso cuarto al artículo 143 y un inciso segundo al 164 del Código Electoral.
De ser aprobada en la comisión correspondiente, la enmienda deberá establecer en el art. 143: “Todo aspirante a un cargo de elección popular con domicilio en el exterior según consta en su DUI debe cumplir con los requisitos establecidos en la Constitución y los determinados en las leyes pertinentes para postularse a los cargos públicos de elección popular correspondientes. En el caso de resultar electo, deberá ejercer de manera presencial sus funciones inherentes al cargo, las cuales son indelegables”.
Mientras que el art.164 dice: “Si el o la postulante tiene su domicilio en el exterior, deberá acreditar además que cumple con cualquiera de las siguientes condiciones como demostración de su arraigo territorial: a) Que su padre, madre, cónyuge o hijos menores de edad residen en el municipio y son dependientes del postulante, anexando copia de los DUI de cualquiera de los primeros tres, o copia de las certificaciones de partidas de nacimientos de cualquiera de sus hijos, entre otros.
La parlamentaria explicó que la enmienda se basa en lo que determinó la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en su resolución de seguimiento del proceso de inconstitucionalidad, en la cual indicó que se tiene por incumplida la sentencia del 23 de diciembre de 2016, en lo referente a la regulación del sufragio pasivo en elecciones legislativas y municipales de los salvadoreños con domicilio en el exterior, es decir, la posibilidad de que se postulen y se inscriban como candidatos en dichos comicios.
En ese sentido, la Asamblea Legislativa deberá hacer las adecuaciones normativas pertinentes, antes del 20 de diciembre del presente año, para posibilitar el ejercicio del derecho al sufragio pasivo de los salvadoreños residentes en el exterior en los comicios de 2024, indica la pieza de correspondencia promovida.